Código Civil Perú Libro III Derecho de Familia ALIMENTOS

SECCION CUARTA

Amparo Familiar

TITULO I

Alimentos y Bienes de Familia

CAPITULO PRIMERO

Alimentos

CONCORDANCIAS:     R.ADM. N° 051-2005-CE-PJ (Formulario de Demanda de Alimentos)

               Ley N° 28970 (Ley que crea el Registro de Deudores Alimentarios Morosos)
               R.A. Nº 136-2007-CE-PJ (Crean el Registro de Deudores Alimentarios Morosos -REDAM y aprueban Directiva)

Artículo 472.- Noción de alimentos

Se entiende por alimentos lo que es indispensable para el sustento, habitación, vestido y asistencia médica, según la situación y posibilidades de la familia.

Cuando el alimentista es menor de edad, los alimentos comprenden también su educación, instrucción y capacitación para el trabajo.(*)

(*) Por medio de la Segunda Disposición Final del Decreto Ley Nº 26102, publicado el 29-12-92, se modifica el presente artículo, sin embargo, el referido Decreto Ley no propone el texto modificatorio, manteniéndose por tal motivo el texto original.

Artículo 473.- El mayor de dieciocho años sólo tiene derecho a alimentos cuando no se encuentra en aptitud de atender a su subsistencia.

Si la causa que lo ha reducido a ese estado fuese su propia inmoralidad, sólo podrá exigir lo estrictamente necesario para subsistir.

No se aplica lo dispuesto en el párrafo anterior cuando el alimentista es ascendiente del obligado a prestar los alimentos. (*)

(*) Artículo modificado por el Artículo 1 de la Ley Nº 27646 publicada el 23-01-2002, cuyo texto es el siguiente:

Artículo 473.-  Alimentos a hijos mayores de edad

«El mayor de dieciocho años sólo tiene derecho a alimentos cuando no se encuentre en aptitud de atender a su subsistencia por causas de incapacidad física o mental debidamente comprobadas.

Si la causa que lo redujo a ese estado fue su propia inmoralidad, sólo podrá exigir lo estrictamente necesario para subsistir.

No se aplica lo dispuesto en el párrafo anterior, cuando el alimentista es ascendiente del obligado a prestar alimentos.»

Artículo 474.-  Obligación recíproca de alimentos

Se deben alimentos recíprocamente:

1.- Los cónyuges.

2.- Los ascendientes y descendientes.

3.- Los hermanos.(*)

(*) Por medio de la Segunda Disposición Final del Decreto Ley Nº 26102, publicado el 29-12-92, se modifica el presente artículo, sin embargo, el referido Decreto Ley no propone el texto modificatorio, manteniéndose por tal motivo el texto original.

Artículo 475.- Prelación de obligados a pasar alimentos

Los alimentos, cuando sean dos o más los obligados a darlos, se prestan en el orden siguiente:

1.- Por el cónyuge.

2.- Por los descendientes.

3.- Por los ascendientes.

4.- Por los hermanos.(*)

(*) Por medio de la Segunda Disposición Final del Decreto Ley Nº 26102, publicado el 29-12-92, se modifica el presente artículo, sin embargo, el referido Decreto Ley no propone el texto modificatorio, manteniéndose por tal motivo el texto original.

Artículo 476.-  Gradación por orden de sucesión legal

Entre los descendientes y los ascendientes se regula la gradación por el orden en que son llamados a la sucesión legal del alimentista.

Artículo 477.- Prorrateo de alimentos

Cuando sean dos o más los obligados a dar los alimentos, se divide entre todos el pago de la pensión en cantidad proporcional a sus respectivas posibilidades. Sin embargo, en caso de urgente necesidad y por circunstancias especiales, el juez puede obligar a uno solo a que los preste, sin perjuicio de su derecho a repetir de los demás la parte que les corresponda.

Artículo 478.-  Parientes obligación a pasar alimentos

Si teniéndose en cuenta las demás obligaciones del cónyuge deudor de los alimentos, no se halla en condiciones de prestarlos sin poner en peligro su propia subsistencia, según su situación, están obligados los parientes antes que el cónyuge.

Artículo 479.-  Obligación de alimentos entre ascendientes y descendientes

Entre los ascendientes y los descendientes, la obligación de darse alimentos pasa por causa de pobreza del que debe prestarlos al obligado que le sigue.

Artículo 480.-  Obligación con hijo alimentista

La obligación de alimentarse que tiene un padre y su hijo extramatrimonial no reconocido ni declarado, conforme a lo dispuesto en el artículo 415, no se extiende a los descendientes y ascendientes de la línea paterna.

Artículo 481.-  Criterios para fijar alimentos

Los alimentos se regulan por el juez en proporción a las necesidades de quien los pide y a las posibilidades del que debe darlos, atendiendo además a las circunstancias personales de ambos, especialmente a las obligaciones a que se halle sujeto el deudor.

No es necesario investigar rigurosamente el monto de los ingresos del que debe prestar los alimentos.

Artículo 482.- Incremento o disminución de alimentos

La pensión alimenticia se incrementa o reduce según el aumento o la disminución que experimenten las necesidades del alimentista y las posibilidades del que debe prestarla. Cuando el monto de la pensión se hubiese fijado en un porcentaje de las remuneraciones del obligado, no es necesario nuevo juicio para reajustarla. Dicho reajuste se produce automáticamente según las variaciones de dichas remuneraciones.

Artículo 483.- El obligado a prestar alimentos puede pedir que se le exonere de seguir prestándolos si disminuyen sus ingresos de modo que no pueda atender a la obligación sin poner en peligro su propia subsistencia o si ha desaparecido en el alimentista el estado de necesidad.

Tratándose de hijos menores a quienes el padre o la madre estuviese pasando una pensión alimenticia por resolución judicial, éste deja de regir al llegar aquéllos a la mayoría de edad.

Sin embargo, si subsiste el estado de necesidad o el alimentista está siguiendo una profesión u oficio exitosamente, puede pedir que la obligación continúe vigente. (1)(2)

(1) Rectificado por Fe de Erratas, publicada el 24-07-84.

(2) Artículo modificado por el Artículo 1 de la Ley Nº 27646, publicada el 23-01-2002, cuyo texto es el siguiente:

Artículo 483.-  Causales de exoneración de alimentos

«El obligado a prestar alimentos puede pedir que se le exonere si disminuyen sus ingresos, de modo que no pueda atenderla sin poner en peligro su propia subsistencia, o si ha desaparecido en el alimentista el estado de necesidad.

Tratándose de hijos menores, a quienes el padre o la madre estuviese pasando una pensión alimenticia por resolución judicial, esta deja de regir al llegar aquéllos a la mayoría de edad.

Sin embargo, si subsiste el estado de necesidad por causas de incapacidad física o mental debidamente comprobadas o el alimentista está siguiendo una profesión u oficio exitosamente, puede pedir que la obligación continúe vigente.”

Artículo 484.-  Formas diversas de dar alimentos

El obligado puede pedir que se le permita dar los alimentos en forma diferente del pago de una pensión, cuando motivos especiales justifiquen esta medida.

Artículo 485.-  Restricciones al alimentista indigno

El alimentista que sea indigno de suceder o que pueda ser desheredado por el deudor de los alimentos, no puede exigir sino lo estrictamente necesario para subsistir.

Artículo 486.-  Extinción de alimentos

La obligación de prestar alimentos se extingue por la muerte del obligado o del alimentista, sin perjuicio de lo dispuesto en el Artículo 728.

En caso de muerte del alimentista, sus herederos están obligados a pagar los gastos funerarios.

Artículo 487.-  Caracteristicas del derecho alimentario

El derecho de pedir alimentos es intrasmisible, irrenunciable, intransigible e incompensable.

CAPITULO SEGUNDO

Patrimonio Familiar

Artículo 488.- Carácter del patrimonio familiar

El patrimonio familiar es inembargable, inalienable y trasmisible por herencia.

Artículo 489.-  Bienes afectados patrimonio familiar

Puede ser objeto del patrimonio familiar:

1.- La casa habitación de la familia.

2.- Un predio destinado a la agricultura, la artesanía, la industria o el comercio.

El patrimonio familiar no puede exceder de lo necesario para la morada o el sustento de los beneficiarios.

Artículo 490.-  Consecuencia de constitución de patrimonio familiar

La constitución del patrimonio familiar no transfiere la propiedad de los bienes del que lo constituye a los beneficiarios. Estos adquieren sólo el derecho de disfrutar de dichos bienes.

Artículo 491.-  Autorización judicial para disponer del patrimonio familiar

Los bienes del patrimonio familiar pueden ser arrendados sólo en situaciones de urgente necesidad, transitoriamente y con autorización del juez.

También se necesita autorización judicial para arrendar una parte del predio cuando sea indispensable para asegurar el sustento de la familia.

Artículo 492.-  Embargo de frutos del patrimonio familiar

Los frutos del patrimonio familiar son embargables hasta las dos terceras partes, únicamente para asegurar las deudas resultantes de condenas penales, de los tributos referentes al bien y de las pensiones alimenticias.

Artículo 493.- Personas que pueden constituir patrimonio familiar

Pueden constituir patrimonio familiar:

1.- Cualquiera de los cónyuges sobre bienes de su propiedad.
2.- Los cónyuges de común acuerdo sobre bienes de la sociedad.
3.- El padre o madre que haya enviudado o se haya divorciado, sobre sus bienes propios.
4.- El padre o madre solteros sobre bienes de su propiedad.
5.- Cualquier persona dentro de los límites en que pueda donar o disponer libremente en testamento.

Artículo 494.-  Requisito esencial para constituir patrimonio familiar

Para ejercer el derecho de constituir patrimonio familiar es requisito esencial no tener deudas cuyo pago sea perjudicado por la constitución.

Artículo 495.-  Beneficiarios del patrimonio familiar

Pueden ser beneficiarios del patrimonio familiar sólo los cónyuges, los hijos y otros descendientes menores o incapaces, los padres y otros ascendientes que se encuentren en estado de necesidad y los hermanos menores o incapaces del constituyente.

Artículo 496.-  Requisitos para la constitución del patrimonio familiar

Para la constitución del patrimonio familiar se requiere :

1.- Que el constituyente formalice solicitud ante el juez, en la que debe precisar su nombre y apellidos, edad, estado civil y domicilio; individualizar el predio que propone afectar; aportar la prueba instrumental de no hallarse el predio sujeto a hipoteca, anticresis o embargo registrado; y señalar a los beneficiarios con precisión del vínculo familiar que lo une a ellos.

2.- Que se acompañe a la solicitud, la minuta de constitución del patrimonio cuya autorización pide.

3.- Que se publique un extracto de la solicitud por dos días interdiarios en el periódico donde lo hubiere o por aviso en el local del juzgado donde no lo hubiere.

4. Que en el caso de no deducirse oposición, o resuelta por los trámites del juicio de menor cuantía la que se hubiese formulado, sea aprobada por el juez. (*)

(*) Inciso modificado por la Primera Disposición Modificatoria del Texto Unico Ordenado del Código Procesal Civil, aprobado por Resolución Ministerial Nº 10-93-JUS, publicada el 23-04-93, cuyo texto es el siguiente:

«4.- Que sea aprobada por el Juez, conforme a lo dispuesto para el proceso no contencioso.»

5.- Que la minuta sea elevada a escritura pública.

6.- Que sea inscrita en el registro respectivo.

En los casos de constitución, modificación o extinción del patrimonio familiar, el juez oirá la opinión del Ministerio Público antes de expedir resolución.

Artículo 497.-  Administración de patrimonio familiar

La administración del patrimonio familiar corresponde al constituyente o a la persona que éste designe.

Artículo 498.-  Pérdida de la calidad de beneficiario

Dejan de ser beneficiarios del patrimonio familiar:

1.- Los cónyuges cuando dejan de serlo o mueren.

2.- Los hijos menores o incapaces y los hermanos menores o incapaces, cuando mueren o llegan a la mayoría de edad o desaparece la incapacidad.

3.- Los padres y otros ascendientes cuando mueren o desaparece el estado de necesidad.

Artículo 499.-  Causales de extinción de patrimonio familiar

El patrimonio familiar se extingue:

1.- Cuando todos sus beneficiarios dejan de serlo conforme al artículo 498.

2.- Cuando, sin autorización del juez, los beneficiarios dejan de habitar en la vivienda o de trabajar el predio durante un año continuo.

3.- Cuando, habiendo necesidad o mediado causa grave, el juez, a pedido de los beneficiarios, lo declara extinguido.

4.- Cuando el inmueble sobre el cual recae fuere expropiado. En este caso, el producto de la expropiación debe ser depositado en una institución de crédito para constituir un nuevo patrimonio familiar. Durante un año, el justiprecio depositado será inembargable. Cualquiera de los beneficiarios puede exigir dentro de los seis primeros meses, que se constituya el nuevo patrimonio. Si al término del año mencionado no se hubiere constituido o promovido la constitución de un nuevo patrimonio, el dinero será entregado al propietario de los bienes expropiados.

Las mismas reglas son de aplicación en los casos de destrucción del inmueble cuando ella genera una indemnización.

Artículo 500.-  Declaración judicial de extinción del patrimonio familiar

La extinción del patrimonio familiar debe ser declarada por el juez y se inscribe en los registros públicos.

Artículo 501.-  Modificación del patrimonio familiar

El patrimonio familiar puede ser modificado según las circunstancias, observándose el mismo procedimiento que para su constitución.

106 comentarios en “Código Civil Perú Libro III Derecho de Familia ALIMENTOS”

  1. Al ingresar a esta página web encontre datos muy importantes para el trabajo juridico que se maneja en el Perú, los felicito de corazón y me gustaría que me envien, más doctrina y jurisprudencia en lo que concierne a derecho penal

  2. Me a sido de mucha ayuda la información jurídica
    pues vengo estudiando la carrera de Derecho en la U.I.G.V. y ademas necesito trabajar el tema de DERECHO DE FAMILIA,INDIGNIDAD, por motivos de estudio y personales. GRACIAS MIL OTRA VEZ ,ME ENCUENTRO ÁVIDA DEL SABER, agradecería me remitan información y apoyo.

    1. quisiera una asesoria con una persona que ejerza derecho, ya que tengo un problema de alimentos y mi ex se encuentra en estados unidos desde hace 5 años con mi hijo y trato de enviarle lo que puedo, pero ella me puso una denuncia en el 2003 y ahora me encuentro impedido y con una deuda que no puedo pagar, ahora me encuentro sin trabajo ya que solo hago cachuelitos y a mis 34 años no me es posible cancelar la deuda que supuestamente debo pagar, quiero saber si eso se puede anular o hacer una contrademanda ya que ella no le falta nada y a mi hijo tampoco, con esto no quiero decir que no quiero aportar, lo unico que quiero es poder estar libre en peru para poder seguir buscandome los frejoles. CESARIN322009@HOTMAIL.COM

      1. Saludos .
        Deseo consultarte si has recibido ayuda o consejo ya qe etengo un problema parecido que esta por iniciar, apesar que velo por mi hijo muy bien sin embargo ahora solo por querer aprovechar me van a clavra un juicio con ello arruinaria la chamba y quizas la vida, mi ex solo quiere aprovecharse ella y su familia
        Gracias por tu consejo y si tienes un contacto mejor
        Aatte agrobiomapg@hotmail.com

        Mpg

      2. tienes que pagar los devengados, no hay de otra, y para q no siga incrementando tu deuda tienes q solicitar la reduccion de alimentos,

  3. tengo un juicio de alimentos el adolesce nte hoy cuenta con 20 años de edad y se encuentra sirviendo en la marina de guerra del peru ,tengo 3 hijos menores de edad 7,11 ,16 años que puedo hacer

  4. Responsablemente cumplo mes a mes en pasar alimentos a mi menor hija por planillas.Pero su Madre no me deja verla, ni mucho menos visitarla. ¿QUE DEBO HACER..?

    1. Tienes que solicitar ante el juzgado competente que se restablesca el regimen de comunicación con tu hija y ademas presentar copias de vaucher o una constancia de tu trabajo donde se han hecho las deducciones ´por planilla como prueba.

  5. HOLA AMIGOS ESPERO Q POR ESTE MEDIO ME DEN UNA ORIENTACION SOBRE UN JUICIO POR ALIMENTOS Q LLEVO DESDE EL AÑO 1988 POR EL MONTO DEL 30 POR CIENTO DE MIS HABERES ASI FUE DECRETADO POR EL JUEZ DEL 21º JUGADIO CIVIL DE LIMA

    HE RECURRIDO AL MENCIONADO JUZGADO PERO SU SECRETARIO SIEMPRE ME PIDE Q TODA DEMANDA POR ANULACION DE JUICIO DEBE SER POR MEDIO DE UN ABOGADO Y YO NO PUEDO PAGAR UN ABOGADO PORK MI SUELDO ES UNA MISERA SUMA DE 1300 SOLES (SUELDO BRUTO) PORK EN EFECTIVO COBRO LA SUMA DE 363 SOLES AL MES IAMGINESE AMIGOS COMO PUEDO PAGAR EL SERVICIO DE UN ABOGADO Y ES MAS SOY CASADO TENGO 3 HIJOS DOS ESTAN EN LA UNIVERSIDAD Y MI ULTIMA BB TIENE 7 AÑOS Y AUN ESTA EN EL COLEGIO PRIMARIO

    RECURRO A UDS SI POR INTERMEDIO ME PUEDEN AYUDAR A SOLUCIONAR CUANTO ANTES PARA PODER ANULAR ESTE JUICIO PORK MI HIJO YA TIENE 23 AÑOS DE EDAD PORK NACIO UN 9 DE MARZO DE 1987 Y ES MAS YA TERMINO SUS ESTUDIOS EN SENATI COMO MECANICO AUTOMOTRIZ YA ESTA TRABAJANDO EN LA EMPRESA CIVA

    YO HE CONVERSADO CON EL EN VARIAS OPORTUNIDADES Y SU RESPUESTA SIEMPRE ES LA MISMA DICE K EL DINERO K ME DESCUENTAN POR PLANILLA VA A LAS MANOS DE SU MAMA PORK DESDE Q TIENE USO DE RAZON JAMAS VIO ESE DINERO PORK SUS ESTUDIOS FUERON PAGADOS POR UNA EMPRESA A CAMBIO Q CUANDO TERMINE TRABAJE PARA LA MENCIONADA EMPRESA

    BUENO AMIGOS ESPERO SU AYUDA Y M I NUMERO DE TELEFONO ES 975557033 Y MI RPM ES *850720 OJALA UN ABOGADO U OTRA PERSONA ME PUEDA AYUDAR O SINO ORIENTEME K DEBO HACER

    GRACIAS POR SU AYUDA Y ATENCION

    ATTE. SR. IZQUIERDO

    1. Te recomiendo pedir asistencia legal gratuita al CAL Colegio de Abogados de Lima o en su defecto solcitar un abogado de oficio . La defensoria del pueblo y explicar tu caso , La Ley es bien clara que la obligacion es hasta los 28 años siempre que el alimentista tenga notas optimas , segun comentas tu hijo ya acabo la carrera y se sustenta por si solo , seria bueno que te acompañara y firmar un acta ante el juez que dicto sentencia y decline el monto que por concepto de alimentos de bienes depositando

  6. A MI HERMANA SU MARIDO NO LE PASA DINERO Y QUISIERA SABER QUE PUEDO HACER POR QUE EL LE PASA 1 NES DESPUES DEJA DOS MESES Y LUEGO VUELVE A DAR Y DESPUES VUELVE AHCER LO MISMO CADA DOS MESES LE PASA O CUANDO LE DA LA GANA ESO NO ES ASI DICEN QUE PIDA LOS DEVENGADOS PERO LSO DEVENGADOS SON MESES QUE SE HAN ACOMULADO PERO UNA VIA RAPIDA CUANDO NO LE PASA QUE PUEDE HACER EN EL MES POR FAVOR PARA QUE MIS SOBRINOS NO SUFRAN GRACIAS. aferzavala@HOTMAIL.COM

    1. Te recomiendo hacer una demanda por incumplimineto de obligacion LEY Nº28439 ante el mismo juez que sentencio los alimentos a favor de tu hermana, o en su defecto denunciarlo penalmente por delito de omision de asistencia familiar este procede cuando se deja de pagar tres cuotas de alimentos sucesivas o no y registrarlo en el REDAM Registro de Deudores Morosos .
      ABOG. ALBERT DA GIAU P. adagiau@yahoo.com 980-913876

      1. ¡Hermoso consejo! ¡Denúncialo! ¡Mándalo a la cárcel! Como si en el Perú hubiera exceso de ofertas de empleo y con sueldos altos. Para nadie es un secreto que si no tienes una buena carrera, no pasas de los 35 años, etc, no tienes ninguna posibilidad de acceder a un puesto de trabajo decente. Por otro aldo, es mas que seguro que la referida mujer ya tiene nuevo marido de quien recibe dinero, que se la pasa chateando en el facebook y en cuanta página social existe en la web, se va a bailar a las discotecas, fiestas y rumbas en grl., mientras el hombre pasa penurias, para llevar un pan a la mesa de su hogar. ziles_cj@hotmail.com
        190.113.212.117

  7. saludos
    Tengo el siguente caso ,mi hermana convivio , con un hombre por 3 años fruto de eso un hijo q en octubre cumple5 años , a los 3 años de convivencia se va donde mis padres ,indicando que el hombre la maltrata de forma psicologica , fisica , que no le da el sustento y que es bisexual .Se inicio juicio , x alimentos, se puso denuncia para q el hombre no se aproxime a ella , se inicio el tramite judicial y el hombre pidio regimen de visita , hace mucho q el no el bebe , el primer abogado indico q, el hombre no ganaria nada x q hay una denuncia x alimentos , pero despues el hombre saco un tutelar ,para ver a su hijo con externacion ,Mi hermana no queria nada .Pero ahora ella ha permitido q vean a su hijo con externacion ,y q la pension solo sea el 30% , y mis padres no la entienden x q todo este tiempo han visto y alimentado a madre e hijo ,Ellos queiren saber si la pueden denunciar x quiere dejar a su hijo donde ese hombre qeu tambien consume marihuana ,Ellos no saben que hacer pero tampoco la pueden botar ni permitir esto , Que los ampara como abuelos ,ayudenme .GRACIAS cinthia356@hotmail.es

    1. Sería bueno leer lo que tenga que decir la otra parte. Porque es muy fácil sentarse a escribir tirando barro al hombre, de repente la que cosume marihuana, se prostituye, se droga y apunta con un revolver a la cabeza de su hijo es tu hermana. Todo es posible. ziles_cj@hotmail.com
      190.113.212.117

  8. Buen Dìa.
    Les escribo para poderles pedir una orientaciòn al respècto de alimentos a hijo mayor.
    El 2007 mi hijo presentò denuncia por alimentos cuando èl ya era mayor de edad, dice por que el està estudiando en la Universidad, pero al momento de nuestra separaciòn con su mamà nos pusimos de acuerdo que ella se ocupaba de èl y yo de su hermana que en el entonces me dejò de 4 meses de nacida, en 2004 le invitè que viniera a Italia para seguir sus estudios, pero por enamorado se regresò al Perù. Bueno en la demanda dice que èl es ùnico hijo sin contar que tengo otros 6 que mantener y tengo tambièn una liquidaciòn que pagar en otro juicio, como pudo creer el juèz a todo este escrito por èl que es ùnico hijo? yo mandè una carta poder a mi hermano preparado en el consulado general de Roma pero el juèz me dìò de revelde al no presentar el Dcto. inscrito en registros pùblicos, creo que la carta poder escrita en el consulado ya està inscrita en registros, esto es lo que respondieron en el consulado, ahora el juèz me dà una sentencia de 1,200 soles almes y una liquidaciòn de 46,000 mil soles, y ahora que en Italia se està viviendo de mal en peor y la respuesta del juèz es que por el hecho que yo vivo en Italia debo pagar esa suma. P or favor les pido una consulta que es lo que debo hacer? Gracias anticipadamente. rogerpariona@yahoo.it

    1. Estimado amigo tienes que apelar la sentencia y presentar las partidas de nacimientos de los demás hermanos del demandante (hijo) y que también mantienes y educas ademas de presentar tus boletas de pago y justificar los gastos que haces como de escuelas , universidades medicinas , vestidos y otros , para que el juez de segunda Instancia de ser admitida tu apelación tome en consideración las nuevas pruebas que presentas, no esta demas hacerte recordar que solo hasta los 28 años se podra pasar alimentos siempre y cuando el alimentista obtenga notas sobresalientes de lo contrario el perderia el beneficio de alimento el cual deberas justificar y provar con documentos (Record de notas de la Universidad) por ejemplo.

  9. agradesco por la importante y actualizada información jurídica que proporcionan a sus numerosos suscriptores,
    de ser posible mucho agradeceré se toquen temas relacionados con derecho electoral,
    muchas gracias

  10. Buen dia!
    Les escribo para pedirles una informaciòn! Yo vivo en italia y tengo una demanda de alimentos para un mayor de edad que estudia en la Uni. se dice que se dà la pensiòn a uno que cursa los estudios exitosamente y el promedio de mi hijo es bajo y a demàs tiene cursos jalados en este caso que debo hacer? y me llegò un exorto comunicando que debo de pagar una liquidaciòn de 20mil soles que èl juez sentenciò a 1200 soles al mes solo solo por el hecho que vivo en Italia, esto me lo dijo personalmente. A parte que yo tengo otrso 6 hijos que mantener y èl actuò de mala fè por que dice que èl es ùnico hijo, el exorto de la demnada llegò despuès de 6 meses y no tuve el tiempo para contestar ya que el juès me diò como rebelde y eso que yo mendè una carta poder del consulado de Roma y èl juèz no aceptò por que dice que tiene que estar inscrito en registros pùblicos, y mis pruebas no son vàlidas por que soy rebelde esto es lo que dijo el juèz. Entonces que es lo lo que debo hacer? a parte que presentè la reducciòn y exoneraciòn de la pensiòn. Les agradesco anticipadamente. rogerpariona@yahoo.it

  11. UNA CONSULTA, MI PADRE DE NIÑO NUNCA ASUMIO CON LA PENSION DE ALIMENTOS CON EXCUSAS ,ACTUALMENTE TENGO 23 AÑOS Y ESTUDIO EN LA UNIVERSIDAD , QUIERO Q EL ASUMA SU RESPONSABILIDAD SEGUN EL ARTICULO 483 PERO EL VIVE EN ARGENTINA Q MEDIDAS PODRIA TOMAR Y SI EL ESTANDO ALLA PODRIAN ABLIGARLO A ASUMIR SU RESPONSABILIDAD, GRACIAS, bumer51@hotmail.com

  12. Los felicito por las publicaciones, van a ayudar bastante a tanta gente que tiene muchos problemas y desconoce al respecto. Y son fuente de abuso por parte de sinverguenzas. Les cuento un caso de un padre irresponsable, que a pesar de tener dinero suficiente, ya que trabaja en un puesto de salud, ademas de tener consultorio particular y continuar recibiendo dinero de los padres, el muy fresco abandona a la mujer y al hijo, hace 3 meses y no le da un centavo. Es más desde el momento que se la llevó a convivir juntos sin dar la cara a la familia, ya pasaron mas de 5 años, nunca le dio un sol; Es más, al inicio les compró un departamento para vivir y sucede que silenciosamente la «vendió» a los padres en el 2009(a escondidas)quizas había controversias, pero el cobarde siempre se esconde tras los padres, los mismos que la amenzan y la maltratan psicológicamente a la madre y al hijo porque la vienen botando de la casa desde que el hijo sinverguenza hizo abandono de hogar. Lo peor es que el cinico la denuncia a la madre por maltrato psicológico al niño(siendo ella la única que siempre está con el niño por eso no puede trabajar) , y otros juicios mas, como le sobra dinero para gastar mientras su hijo y la madre se comen las uñas y no tienen dinero para pagar abogado. Algo más él viene los domingos y se lleva al niño todo el día y lo regresa «llorando, triste», porque lo amenaza que lo va alejar de su madre y otras cosas mas, al extremo que el niño no quería ir al colegio, siempre sucedía lo mismo, despues que regresaba de estar con el padre. No le ha dado nada por Navidad,al contrario lo regreso llorando porque le contó que la mamá se prestó un par de huevos de la vecina para comer y lo amenazó diciendo, que ¡No vuelva a repetir eso o nunca más lo verá!. ya se acerca su cumpleaños del niño, le prometió una fiesta con payasos y ahora le dice que no hay nada, que su madre vea como le hace. Si pudieran ayudarla por favor, que se debe hacer, please, ella está sola con su hijo. ¡AH me olvidaba! el fresco solo quiere darle 200 soles. Tantos años que no ha pagado empleada, ni nana, porque la mujer tonta hacia todo y gratis.Espero su respuesta. Saludos. Agradeceré su guía.egepg@hotmal.com

  13. buenas señores abogados ,quisiera cosultarle un juicio de alimento , mire yo estoy separado de mi esposa 5 años la edad de mi niña ps , pero cuando ella temia 1año le pasaba sin que ella mefirme un documento ps y despues me puse las pilas a que ella me firme ps un documento ps pero ella me ah hecho un juicio diciendo que yo no le paso nada ps , claro que yo perdi por que el que gana es ella yo no por que no tengo ni un papel ps firmado por ella pero los eñores me han determinado una suma de s/3200 soles si mi pensio es de s/120 soles por que tanto ps y ahora me han dico que si yo no pago me voy a la carcel ps pero si en lo demas año esoty al dia ps yo no se que puedo ser ps señores abogado en estos dai me han citado para que me dicten mi sentencia de 2 años que tengo que firma como delicuente ps y mi hija me quiere bastante señores , a mi bebe no le ah faltado nada por que hastala fecha le doy lo que me pide desde que entra a estudiar hasta que termina yo no l dejo desanparad a mi hija ps yo no se que hacer señores abogado por eso quisiera que me ayuden ps , soy un padre que mi trabajo es evental ps . muhas gracia señores abogado , soy un joven de trujillo. ah deberas señores pero ella me abandono por que se metio con un señor mayor que mi que pudo ser su papa ps como el tiene mas plata que yo , y al veces cuando viene enojada lo agarra com mi hija una ayuda por faor gracias jenner_musico@hotmail.com

  14. HOLA , SOY DE LIMA ,TENGO UNA PREGUNTA CUAL ES EL PROCESO Y DOCUMENTOS QUE SE DEBEN ENTREGAR PARA PODER ANULAR LA PENSION DE ALIMENTOS , LO QUE QUIERO ES QUE SE ME DEJE DE PASAR ALIMENTOS , DEBIDO QUE YA SOY MAYOR DE EDAD CON ESTUDIOS TERMINADOS , PARA HACERLO MÀS FÁCIL AMBAS PARTES ESTAN DE ACUERDO .

    POR FAVOR RESPONDER URGENTE susanchez19@hotmail.com

    GRACIAS

    SUSANA SANCHEZ

  15. Buenas tardes, no entendí bien, un hijo de 23 años que esta estudiando en la Univ. puede hacer un juicio de alimentos para que su padre que esta en Suiza pueda ayudarlo a terminar la Universidad, hicimos un acuerdo que el mandaba para pagar su univ. y yo asumía todos los demas gastos, comida, vestido, medicina y etc. pero no ha cumplido y hace un año que ya no manda nada. Puedo hacer algo como mamá o ya no? gleny_rosas@yahoo.com

  16. Un saludo a todos ustedes…

    Soy una estudiante de Derechos en Bolivia y estoy realizando mi tesis en materia familiar. Quisiera que porfavor me colaboren proporcionandome informacion sobre las leyes familiares con las que cuenta la legislacion peruana, pues necesito datos para el Derecho Comparado que menciono en mi trabajo.
    Les agradezco mucho su atencion…
    katy.coca@gmail.com

  17. Estimados, alabo la manera como ayudan a cientos de personas mediante este medio, les pido el favor de apoyarme brindandome asesoria, tengo un caso particular: EL PADRE DE MI HIJA TIENE UNA NUEVA FAMILIA CASI DESDE QUE LA BEBE NACIO, YA HACE 5 AÑOS, Y POCAS VECES SUELE BRINDARME AYUDA ECONOMICA , CUANDO HABLE CON EL PARA QUE TAMBIEN VISITE A SU HIJA O LE DE LO QUE A SU HIJO LE BRINDA, ME DICE QUE NO GANA BIEN, EL SE QUE GANA COMO DISEÑADOR GRAFICO MAS DE MIL SOLES, PERO EL ALEGO EN UNA DEMANDA QUE SOLO GANA 550 SOLES, AUN ASI GANE Y EL JUEZ DECIDIO QUE PAGARA 250 SOLES MENSUALES MAS DEVENGADOS, PERO EL ME DA DINERO DESPUES DE 5, 10, 15 o 30 DIAS DESPUES ATRASADO, AUN ASI LE HE PUESTO OTRA DEMANDA POR INCUMPLIMIENTO Y EL SE RIE, AMENAZA CON DEJAR DE DAR Y LO ESTA CUMPLIENDO, Y PONE EXCUSAS QUE LE DIO A SU AMIGO LA PLATA DE SU HIJA PARA QUE PAGUE Y EL OTRO GASTO Y LE A PUESTO DENUNCIA A SU AMIGO «ficticio», SIN EMBARGO, YO DESEO SABER QUE LE PASA A LAS PERSONAS QUE EN EL CASO DEL DEMANDADO, SE BURLAN O NOS AMENAZAN POR TELEFONO AUN CON DEMANDAS A FAVOR DE LA NIÑA. Digo todo esto, por que estoy muy cansada ya, y estresada y no se que mas hacer, mi sueldo no alcanza para pagar los gastos, y estoy endeudandome esperando que algun dia el cambie, pero como debo proceder ante esto. ¿Podría ayudarme a proseguir correctamente?, No se si seria bueno que se vaya preso, y como lograrlo, porque se lo merece.Vive a la espalda de mi casa y se olvido de su hija. lesly_8216@hotmail.com

  18. Quiero hacer una consulta ya que he contando con un abogado de lo cual me a perjudicado con el tema juicio por alimentos:

    – Mi abogado, presento un documento al juez de forma voluntario para lo que es Alimentos, lo cual fue rechazado por que le falto presentar notarialmente, el ofrecimiento voluntario antes de presentar los documentos al juzgado.

    – La madre de mi hijo presento la denuncia por alimento al juez lo cual si le dieron luz verde, lo cual nunca me han notificado a mi domicilio (aludiendo el juzgado que si me han hecho llegar documentos a mi domicilio, pero no hay ningún cargo de la persona que recibe). Luego me hicieron llegar un documento que me califican como rebelde, diciéndome que me tengo que presentar a la audiencia, pero yo no fui porque nunca tuve la oportunidad de defenderme y presentar mis descargos.

    – Ahora me he amistado con la madre de mi hijo, hemos decidido estar juntos y darnos una oportunidad, pero el tema y la pregunta es ¿ELLA PUEDE RETIRAR LA DENUNCIA?, ya que me dice que ya no lo puede retirar porque es un proceso que ya está dado y tendría que esperar hasta los 18 años que mi hijo tenga.

    Saludos
    Luis
    gabrielk6@hotmail.com

  19. buenos dias mis estimados doctores,les agradeceria mucho q uds puedan ayudar a mi hna,q tiene una niña de 5 años.el padre hace no mucho le reconocio a su hija no lo hizo antes porq no no quizo cumplir con sus responsabilidades,hace un año q recien le biene dando un migaja de dinero cada 3 ho 4 meses la cantidad de 100 miserables soles q no le alcanza ni para quince dias de alimentos cada cuando le yama para decirle ahi te mando 100 la impotencia q tiene mi hna esq lo yama privado para q no pueda ubicarlo y no lo pueda denunciar segun aduce q no tiene celular,mi padre desde el dia q nacio la bb a corrido con todos los gastos por fabor nesecito q lo ayuden a mi hna,el padre de mi sobrina es de piura pero radica en chiclayo su nombre es manuel alberto vargas moscol, el nombre de mi hna es anaceli ortiz gomez y de la bebe es dulce belen vargas ortiz ,yo quisiera colgarlo su nombre como padre moroso por fabor ayudenos.su respuesta a mi correo luz-mari-35@hotmail.com. grasias por su respuesta. Dios les bendiciones.

  20. Buenas tardes, disculpen ando buscando una ley que hable acerca de la educacion a los hijos mayores de edad, quisiera saber si es obligacion del padre darle la educacion a una hija de 20 años, la cual ya a desperdiciado una oportunidad que se le estuvo dando el estudio, alguien me podria responder o pasar algun Link donde pueda informarme al respecto? porfavor se lo agradeceria.

  21. Cabe alegar que la hija de 20 años se ha vuelto insoportable en casa, maltrata a sus hermanos menores indebidamente y cuando se le reprende diciendo que debe irse de la casa responde diciendo que no la pueden votar que es obligacion del padre mantenerla y darle estudio aun asi ella no quiera estudiar y que si la votan lo denuncia por no haberle dado estudios. espero me puedan guiar gracias. uchiha-manu@hotmail.com
    IP 190.239.249.252

  22. mira soy mayor d e edad tengo 28 años lo cumpli en mayo aun estudio pero tengo un hijo mi padre me pasa pension de estudios deseaba saber si la pensiond e estudios te la quitan asi por que si o necesita algun proceso(JUCIO)

    todos los meses me depositan a mi cuenta del banco pero este mes aun no em depositan a que crees kes e deba? crees ke me hayan kitado la pension?
    ultimo me enter que l congreso aprobo no poner limite a la edad sobre la pensionde alimentos
    muy agradecido lucho_cr83@hotmail.com
    IP 190.236.55.56

  23. Buenas tardes,

    Quisiera entablar una demanda de alimentos a la madre de mi hijo y queria saber si para iniciarla debo saber en donde trabaja o si lo hace ya que ella no me quiere decir y no lo va a hacer tampoco, el caso es que ella abandono a mi hijo que hoy tiene 7 años lo dejo a mi cargo cuando se entero que me case, no sin antes entablarme una demanda de alimentos a pesar que yo cumplia con mi hijo economicamente (le daba quincenal 200 soles solo para la comida aparte yo cubria todos sus gastos como salud, vestimenta, educacion y recreo) entonces le entablé un juicio por tenencia el cual gane, el detalle es que mientras me daban la tenencia ella a cobrado indebidamente mas de 5000 soles por el tema de alimentos (entre abril y diciembre del 2010) ella me ha dicho que no me los va a devolver por que ya se los gasto, lo peor es que no viene a ver a su hijo, no lo llama ni para su cumpleaños, ni para navidad y no es responsable de ninguna manera, ni economica ni emocinal con mi menor hijo.
    Por favor agradecere mucho que me orienten
    Muchas gracias
    jano_far@hotmail.com

  24. Para LUIS, que dice que tiene 28 años,. estas mal de la cabeza ooo es una burla lo que escribiste.no te da verguenza a esa edad y encima sabes ya tener hijo tuyo y sigues cobrando pension de tu padre, y estas esperando porque no me habran depositado este mes?? me estaran quitando?? osioso trabajaaaa, LA PENSION OBLIGATORIA ES SOLO HASTA LOS 18 AÑOS despues ya son ciudadanos, que asi para conseguir mujer o marido ya son mayores tambien lo son para trabajar, los que tienen la culpa son los padres tontos,.. les doy un CONSEJO; agarren su abogado que mas barato les va ha salir unos 500 a 700 soles y asunto arreglado, que estan dando miles durante tantos años que ya no corresponde carbert30@hotmail.com
    IP 190.237.232.145

  25. Agradecerìa tanto, si alguien me asesore en lo siguiente: Mi abuelo materno quien falleciò en 1995, dejò TESTAMENTO ante Notario y Registrado ante SUNARP, en el cualme dejaba la mitad de su tercio de Libre Disponibilidad. De forma inusitada, me entero de esta situaciòn, en el año 2005. No soy ninguna sinverguenza,..hasta me dà pena sacar este lamentable asunto a la luz. El hecho es que, las relaciones personales con mi madre, han y siguen siendo INACEPTABLES, al extremo que ocultò, hizo uso y usufructo de mi herencia, con consecuencias, dañinas en mi contra, hasta la fecha, no me ha informado claramente que ha hecho con el dinero que me legò el abuelo, (esto es el fruto de rentas de bienes inmuebles, accioines, cuentas bancarias, joyas, muebles etc..) Mi situaciòn econòmica, actualmente es precaria, dada la rescesiòn, mi edad y demàs. Mi niño pequeño, asiste exitòsamente a la Universidad, practica deportes equestres, en agosto ùltimo, dizque, por invitaciòn de su hermano mayor, viajò a Dinamarca….!sin embargo, NO VIVE CONMIGO, que soy su mamà!! Razòn? Al decir de la señora que ocultò el testamento y me privò de aquello que mi abuelo me legò, «distrajo 25mil dolares,adquiriendo de esta forma un depa en una zona no conveniente, ademàs de contar con 1 dormitorio. Por lo que MI NIÑO, vive con ellos, ..ya no se reporta conmigo, su pensiòn universitaria, corresponde a mi domicilio, por ende, es la mìnima…. ! Pareciera que va ligado, el que mi niño se mantenga alejado de mì, para que se le recompense con beneficios econòmicos, sociales…..A quièn me acerco, para que me sean restituidosmis rerechos como heredera, esto es econòmicos, y Dios quiera, pueda convivir con mi niño…ya que…siendo el huèrfano de padre, y los abuelos pasan los 80 años, siento que es mi deber culminar con cimentar los principios que es de cristianos preservar. Espero alguna respuesta. Bendiciones Ch charchueca@yahoo.com
    IP 190.234.29.199

  26. Queridos doctores:
    Desde hace 8 años paso alimentos por una supuesta hija que acabo de conocerla recién, esto no lo hice tiempo atrás debido a que fui masacrado por la familia de esda mujer que resultó ser una prostituta, ahora ella trabaja cono profesora nombrada con la nueva ley de la CPM y percibe un salario mensual de más de 1800 nuevos soles. Ella misma me confesó que todo ese dinero que invertí en la niña con tanto ersfuerzo, no lo había usado en mi supuesta hija; sino en pagar los estudios superiores de su primer hijo bastardo. Pese a recibir mensualmente la suma de 400.00 nuevos soles no quiere ponerla a un colegio particular, tampoco pensionarla y le habla muy mal de mí
    ¿Qué procedimiento legal debo entablar contra ella que no quiere rendirme cuentas por nada?
    ¿i qué procedimiento legal debo seguir para la reducción de alimentos, pues tengo entendido que la obligación es de ambos? baruch_monroy@hotmail.com
    IP 201.240.52.99

    1. no hay derecho que ampare que ella le tenga q rendir cuantas a usted, loq tiene derecho es haber a su hija demandado un regimen de visitas y si usted esta convensido q no es el padre de la menor demande contra la madre inpugnacion de paternidad. ahora si usted es el padre tiene que demandar a la madre una reduccion de pension alimenticia argumentado q antes pasaba dicha cantidad por q la madre no tenia trabajo ahora q tiene un trabajo estable y usted con otras nuevas obligaciones, tiene dedrechoq pida y le consedadn la reduccion de los alimentos.si la hija tiene mas de 18 años y no estudia usted ya no puede seguir pasando alimentos. karht_77_9@hotmail.com
      IP 190.42.227.178

  27. Buenos Días
    Una consulta. Estuve casado con un abogado. Compramos un terreno que no terminamos de pagar. Ya pasaron 17 años. Solo contamos con un contrato privado de compra venta, En registro públicos el terreno que ahora está a medio contruir está a nombre de la compañía que nos vendio. fui a Sunart y encontre un asiento que han inscrito una hipoteca a un Banco que vencía el 2001. La oficina administrativa nos hizo firmar letra directas, no nos cobran pese a que sigue funcionando. Me he divorciado hace 6 meses sin bienes, porque por ningún extremo legal podía hacer valer este terreno como patrimonio porque para mi es claro que jurídicamente esta propiedad no nos pertenece. Mi ex esposo no quiere llegar en dar solución a este problema. Ya sea refinanciando, Sucede que se ha pagado mas de la mitad, también nose si se puede regatear a su monto original, pues se debe cerca de 12,000 dólares con todos los intereses. lety_romero64@hotmail.com
    IP 190.187.95.122

    Como puedo hacer para solucionar ésta propiedad, Es todo lo que tengo, vivo alli con mis hijas,
    El vive con otro compromiso en otro lugar, pero lo tengo como chinche pegado las 24 horas del día en casa de su madre que vive al costado, diciendo que también es su casa, guarda su carro, pero no quiere pagar por último ni el autoavalúo y pone infinidad de pretextos, tiene otro compromiso con 2 niños,
    Quiero lo que es justo. mi 50 % de este terreno de 120 metros cuadrados. Parece que él quiere que yo lo sanee para que despùes saque las garras y no es justo.

    Lo he invitado muchas veces a dar solución pero es r con r. dice que lo haga yo, pero si vivo con las justas. Quiero que también afronte su parte de responsabilidad, en saneamientos

    En la minuta figuramos los dos como propietarios. a veces quiero ir yo, pero encima me dice que no firme nada sino me pondré la soga al cuelo. Pero el como abogado dice no saber como hacer con la propiedad y lo esta estudiando. Lleva 17 años estudiando legalmente como se puede hacer. Ojala me puedan orientar, porque ya nose en quien creer.Gracias.

    1. si le falta pagar pues se tiene que pagar lo que falta. Ahora si la refinanciamiento es muy excesivo en comparacion a los estandares del mercado, en ese caso si fuera exajeradamente excesivo,tendra q denunciar penalmente por usura y con eso detiene el proceso en la via civil si esta iniciado o acciona en la via civil para cancelar loq realmente faltaria pagar.

  28. hola que tal una consulta estoy casada 25 años con mi esposo hizo abandono de hogar ,donde se fue a vivir donde su mama no me estuvo pasando nada le realize un juicio la jueza mando un documento a su empresa por adlenatado k me corresponda el 40 % lo recibi por un mes hasta apelar en el juicioo de y mii espeso hizo todo lo posible para k me lo bajen a 18 % no se como hizo creo k tuvo k mover plata para k me hagan eso mi hijos ya stan grandes se valen por si mismo . me falta pagar una parte de la casa para k seea mia pero mi espeoso por los problemas ya no kiere seguir pagando a parte la kiere reevender para cojerse la plata y dejarme sin casa y sin nada , mi pregunta es cuanto me corresponde aparte que ahuante por 25 largos años sus maltratos y humillaciones me quiere dejar a la calle sin nada ni pagar la casa . k esta comprada por un contratos firmado el , la dueña y yo .. y tengo muchoss gastoss en la casa .. como tambiem mi salud k tengo quistess ,, me pueden asesorar con leyes por que no se nada de eso aparte que mi epsoeso compra a cualquier abogado contal que no me den nadaa.. que debo hacer? todavia en jucioo no se esta abansando por que aca en talara esta en huelga el jusgadoo y estoy trantando de aprovechar para informarme..

    1. no se preocupe la casa legalmente se denomina HOGAR CONYUGAL y como tal el no puede vender sin su consentimiento de usted. por otro lado la casa por ser HOGAR CONYUGAL le pertenece a usted y puede hacer lo que quiera con la casa menos venderla, asi mismo austed le corresponde el 50% de esa casa y como tal no puede dejarle en la calle esdecir usted es la propietaria de la mitad de la casa y nadie le puede botarla

  29. Hola como estas ,por favor necesito que me asesoren tengo mi hermano tiene un problema sobre alimentos mi hermano no trabaja, atenido problemas de conbulciones cuando estovo niño y ese problema lo deja un coeficiente bajo , ahora se que la chica tiene 20 años pero se a reconocido sola y se supone que cuando ella nacio mi hermano era menor de edad ,ahora dice que ese jucio lo aperdido y que tiene que pagarle a la chica 300soles mensuales que debo de hacer l respecto porque el no trababa y dice que no es su hija……. patricia_linda77@hotmail.com
    190.104.20.12

    1. sino es su hjija tiene q demandar a la madre INPUGNACION DE PATERNIDAD y ofrecer como medio probatorio el ADN. si es su hjia tiene q demandar reduccion de pension alimenticia y pfrecer como medio probatorio documento expedido por un psicologo que tu hermano tiene problemas mentales , le pueden reducir hasta 100 o 150 soles mensuales

  30. Buenas noches. Una pregunta.

    Si la madre de mi hijo ganaba mas que yo, ademas posee propiedades, bienes, vive comodamente, y tiene la solvencia de pagarle un paquete turistico para toda su familia, es decir no tiene estado de necesidad y ahora va a dejar de trabajr porque se va a casar y su futuro esposo le ha ofrecido mantenerla y le ha sugerido que ya no trabaje y le ha comprado una casa en provincia.

    Por el contrario mi situación economica no es estable, padesco una enfermedad artritica que me impide obtener un empleo convencional por los fuertes dolores que esta enfermedad me produce. Yo tengo capacidad para alimetarlo en mi propia casa, ya que vivimos a unas cuadras de distancia, tengo tiempo de ayudarlo con sus tareas y cuidarlo tados los días.

    A pesar de esto ¿estoy obligado a pasarle una pensión alimenticia?. Su madre pretende demandarme y a la vez darme un regimen de visitas, es decir, que a pesar de que por mi enfermedad no salgo de casa y tengo el tiempo y la voluntad de atenderlo yo mismo, pretende limitar el tiempo que puedo ofrecerle a mi menor hijo. ¿esto es posible? ¿podria impedirme que lo vea y lo atienda teniendo ella solvencia economica suficiente?

    Gracias de antemano por su respuesta. maletero69@hotmail.com
    IP 190.234.151.105

  31. miren llamo becerra tengo dos hijos tu ve uno shijos hermsos pero en mi relacion no era como lo pense la mama de mis hijos es una persona cerrada sin experiencia y su familia no la quiere ayudar por q no laaguantan estu conciliando con ella y di una pension yo sin enbargo cuido amis hijos cuando sale se enferman ella dice q no le alcanza por eso sale abuscar dinero trabajando pero al final yo los cuido entonces si yo los cuido mejor la tenecia deberia ser mia no lo hago por el dinero pero me perjudica x q lo poko q gano deberia yegar a ellos i tratar de poder estirarlo pero mis esfuersos son en vano poer q me privo de cosas q comprar y a ellos ni les yag acasi nada ni los cuidan y eso entonces qeria la tenencia el proceso par aun hombre es dificil caro y con lo q se ase no alcanza mi hijo quiere vivr con migo pero mi ija no se pero nadie me anpara yo pienso q la ley deberian ser en beneficio de ellos para su seguridad y estabilidad fisica y mental no soy perfecto y tengo experiencia en la vida la cual les servira en el futuro a ellos para q no cometan errores pero q ago si la ley no ayuda a elllos en realidad yosefh1@hotmail.com
    201.230.150.80

  32. NO HA Y JUSTICIA EN EL PERU TODO ES CORRUPCION LOS JUECES SON MENTIROSOS LOSECRETARIOS SON DE LO PEOR.QUE TIENE CARGA PROCESAL LUGAR DE DEMANDAR AL PADRE DE MI HIJO DEMANDARON AL JUEZ LA BURRADA DE LA SECRETARIA. LA OTRA SECRETARIA ME PONE EL DNI DE OTRA PERSONA PARA SU CAPTURA INTERNACIONAL QUE SECRETARIOS TENEMOS ES ALIMENTOS NO LA LOTERIA Q VOY A GANAR A ESTE PASO MI MENOR HIJO VA A CUMPLIR 15 AÑOS Y O INICIE EL JUICIO CUANDO TENIA 6 Q HORROR Y NO HACEN NADA NO AY JUSTICIA SI YO FUERA DE LA ALTA CURNIA YA PERO COMO SOY UNA DOCENTE . QUE HAGO SIGO PIDIENDO JUSTICIA A ESTE PASO YA VOY A CESAR CARACHO
    LO Q MAS COLERA DA.,ES Q ESTAMOS MAL LA VERDAD NUESTROS HIJOS TIENEN Q PASAR TANTAS CRUELDADES DE SU PADRE. teresita_portal@hotmail.com
    190.43.77.226

  33. quisiera que me oriente y a que atenerme,convivi con mi esposa 14 años el cual no hubo hijos,me aleje de mi casa y forme una nueva familia en la cual tengo 2 hijos de 15 y 13 años,mi esposa me entablo una demanda de alimentos que el juez designo el 35% de mis haberes,deje de trabajar el año2001 y de mi liquidación quedo para pagar futuros pagos,nunca mas encontré un trabajo estable y en el 2006 por motivos de salud deje de hacer cachuelos,al frente salio mi pareja para trabajar y yo veía a mis hijos,en febrero del presente año me llega una notificación de la fiscalía de huacho para que le pague devengados,pero para esto antes de cobrar el descuento de mi liquidación se dio un prorrateo entre la madre de mis hijos y mi esposa en el cual le bajaron a 20% ,pero actualmente no aparece la sentencia del prorrateo se ha extraviado.
    Que me aconseja ,se puede anular la demanda de alimentos por que yo no trabajo hace 12 años. ofaaymartha@hotmail.com
    181.65.63.2

  34. Dr. Resulta que mi conyuge me planteo demanda por alimento en primera instamci la denegaro en el juzgado mixto fijaron en un 1415% presente una accion de amparo salio a mim favor lo cierto es que mio conyuge es profesional y trabaja percibiendo un haber igual al mio mas de3 1000 soles yo tengo descuento judicial de mi hijo en un 30% procede alimentos Dr. en igualdad de condiciones efrainalvaro17@hotmail.com
    201.240.78.42

  35. kiero hacer un consulta ya he denunciado por alimetos al padre de mi hija ps son mas de 7 meses y nada pero ya el juez dctamino k tendra k pasar la mensualidad de 250 nuevos soles pero el me debe ya como 1700 soles y como puedo hacer ya me canse d mover y no consigo resultado alguno ps no me pasa ni un sol ni ucho menos arespondido a sus notificaciones ni se presento ala audiencia ps lo declararon rebelde , me canse ,,k hao mi abogado me dice k esperemos 8 meses mas para recien poner una orden de captura pero ps mi ija no espera eso,,,,k hago nadies me da respuestos he gastado mucho en abogado y para nada hcleonita010888@hotmail.com
    190.232.224.201

  36. Buenas noches este caso es que mi sobrina demando a su ex pareja el papa de su hijo de 5 años ante el juzgado de familia pero el demandado cuando quiere trabaja y consume drogas, y lo que quisiera saber si en este caso procede la demanda de alimentos, gracias. m_a_m_1234@hotmail.com
    190.236.249.32

    1. Hola como estas, soy Abogado y te puedo decir lo siguiente, la obligación alimentaria le corresponde a toda persona que haya procreado un hijo (tanto al padre como la madre) y lo haya reconocido como tal, en este caso tu sobrina tiene todo el derecho de exigir al padre el pago de pensiones alimenticias por ser su obligación.

  37. tengo un hijo de 17 años y va ser papa de una chica que embarazo de 15 años ,diganme todavia tengo obligación de seguir pasando alimentos ,

  38. Buenas noches, por favor quisiera saber si e puede pagar los devengados por alimentos en cuotas, como se deberia proceder para poder hacer dicho pagos y otra consulta la sentencia se dio en el 4to juzgado de paz letrado del callao, habria alguna posibilidad de trasladarlo a otra jurisdiccion por ejemplo Villa el Salvador, ya que se hace muy dificil trasladarse hasta el callao, mtivo por el cual se producen retraos en los pagos de pension.
    Muchas gracias

    1. Lo que podrías hacer es pedir que el demandante cree una cuenta corriente a su nombre en cualquier entidad bancaria BCP, Banco de la Nación, etc. Así tu puedes realizar los depósitos directamente en la cuenta de ahorros desde cualquier agente y evitar ir al juzgado. El pago de los devengados si se pueden pagar en cuotas, debes presentar un escrito amortizando un pago a cuenta de acuerdo al monto total de los devengados. Lo importante nunca olvides es la intención de cumplir con la obligación. Cualquier consulta la puedes hacer llegar a mi correo.

  39. Buenos dias quisiera hacer la consulta: Fuí demandado x la madre de mi hija, yo cumpliendo como debe ser, fuí a la audiencia y la jueza me puso el 40 x ciento de mi sueldo la pregunta es la siguiente ¿me tienen que descontar del bruto oh de mi sueldo que percibo?. Ahora ella estuvo trabajando pero renunció porque me demandó, pero de nuevo ella está trabajando. Quiero saber si ahora ella también tiene que apoyar en la alimentación y eso bajaría mi porcentaje que me obliga la ley. Ahora creo que también deben de hacer una ley donde al hombre lo protejan porque hay mujeres que utilizan a los hijos para vivir a costa de los padres. la madre de mi hija tiene otra niña y tambien recibe alimentos y no es poco. Raúl raul10vic@gmail.com IP 200.10.82.2

    1. Buenas noches, respondiendo a tu primera pregunta, el descuento se realiza muy aparte de lo que te retiene la empresa donde tu laboras, osea de la parte líquida, y respecto a tu segunda pregunta en el pago de alimentos ambos padres tienen la obligación de alimentos para sus hijos, en este caso tu tienes que demostrar que tu ex esposa trabaja, percibe ingresos razonables, y solicitar una disminución del pago de alimentos.

  40. tengo tres hijos de 9-11 y12 años hice el juicio de alimentos la jueza dicto sentencia y le dio libertat condicional .tiene q ir a firmar cada fin de mes no viajar y depositar los devengados.pero el no deposita los devengados y tampoco deposita la mensualidad desde hace mucho tiempo que tengo que hacer piscis_aal@hotmail.com
    190.119.33.98

    1. En este caso solo queda la variación de la condiciona a pena efectiva presentado un escrito donde solicite dicha variación por incumplimiento de obligación y reglas de conducta. Por lo que entiendo ya se juzgo en proceso de Omisión a la asistencia familiar. Cualquier consulta no dudes en escribirme bazancv@hotmail.com

  41. Buenas noches! mi caso es este:inicie un divorcio el ano de 2004,el cual concluyo en el 2006,el cual se me puso como monto para pasar a mis hijas la cantidad de 800 soles por cada una y 300 soles para la madre,el cual no estuve de acuerdo pero aun asi estuve enviando. En mi caso estuve en Japon hasta Enero del 2012 e inicie un juicio de reduccion del monto para mis hijas y la exoneracion para la madre,por la razon de no ganar lo suficiente para poder asistir. Hasta el momento en que inicie el juicio estuve al dia , pero el juicio al demorar tanto,(Mayo 2014)me niegan la demanda diciendome que no estoy al dia y me parece una gran injusticia ya que mi sueldo no llega a los 800 soles y se me obliga a pagar 1900, El requisito para interponer una demanda es que se debe de estar al dia y lo estuve hasta diciembre del 2012 pero ya no tengo de donde darle mas.En el juzgado ella tiene un pariente y por lenguas de varias personas la jueza juzga con el higado y no con criterio(Por alguna mala relacion del pasado tal vez).Aparte leo que la pension acaba con el divorcio y aun no se por que yo tengo que seguir pasandole,Ella aduce tener un mal en los rinones,lumbalgia y no se que otras cosas mas y que por eso no puede trabajar;pero la veo trabajando de ambulante todos los dias y le aseguro que gana mucho mas que yo.Por favor le pido que me de una respuesta,porque ya no se que debo hacer.Este es mi correo p140gray@hotmail.com
    181.66.157.123

  42. Mi hija tiene 25 años y está en la universidad. Hice juicio de alimentos y su padre nunca pagó un sol porque no tenía domicilio conocido. Ahora «se perdió el expediente» en el poder judicial. Quiero saber si mi hija puede iniciar un juicio de alimentos a su padre. cruzar666@hotmail.com
    190.40.229.144

  43. porfa una pregunta : hay obligacion alimentario respecto del abuelo con el hijo adoptivo de su descendiente o por el contrario el adoptado tiene obligacion con el padre del que lo adopta

  44. Buenas noches quisiera hacerles una consulta, a un abogado que me oriente, le cuento tengo una hermana casada más de 25 años con un hombre que la maltrataba psicológicamente era de terror, motivo por el cual ella tuvo un brote psicótico se estuvo atendiendo en seguro social, pero en la empresa donde trabajaba este señor lo despidieron, motivo por el cual tuvo que emigrar a estados unidos, al comienzo le enviaba dinero poco, pero bueno le serbia para algo,el se comunicaba con los médicos, después dejo de pagar al seguro medico, la familia de este sujeto le robo todo el dinero que mi hermana ahorraba de lo poco que le mandaba, ya que nosotros, sus hermanas la ayudamos en todo lo que necesitaba, la familia de su esposo la desalojo de la casa donde ella vivía (casa alquilada) porque como mi hermana tomaba medicamentos fuertes, para su problema psiquiátrico no se daba cuenta, han pasado de esto más de 10 años y no le manda nada de nada y la comunicación telefónica recién hace dos meses, mi pregunta es la siguiente: el sigue en estados Unidos y a estado aportando a la AFP ahora está en edad de jubilarse, ellos no tiene hijos ¡Mi hermana tiene derecho a una pensión? y alguien me ha dicho que como no tienen hijos, le tendría que dar a parte como si tuviera un hijo, y ¿qué porcentaje le tocaría a mi hermana? El trabajaba en el aeropuerto y a seguido aportando a la AFP, pero sigue en USA y no están divorciados, agradeciéndoles anticipadamente su respuesta, ya que nuestra economía no da para pagar a un abogado.
    Disculpen pero he omitido que ella sigue con el problema psiquiátrico.
    Mil gracias eeleanac1221@hotmail.com
    190.233.215.227

  45. Buenas tardes quiero hacer una consulta le explico la situación yo en estos momentos estoy esperando un bebe con cinco meses de gestación en el cual el padre no se ha ocupado de nada que tenga que ver con el bebe, yo apenas nazca el bebe quiero iniciar una demanda de alimentos para que mi bebe pueda recibir la pension que le corresponde por parte de su padre cuales son los paso a seguir??? que es lo mas recomendable??? que documentos se deben presentar??? y si la persona a demandar ya cuenta con un juicio abierto por este mismo motivo que se debe hacer??? le correspondería igual a mi hijo la pension???? agradecere de antemano su amable respuesta mi correo es carmen.sinarahua.marin@gmail.com

  46. Estimados Doctores mi caso es el siguiente
    Mi ultimo trabajo estable fue hace 4 años me despidieron y como no tengo estudios superiores no he podido conseguir una chamba buena para poder mantener a mis hijos y darle lo que ahora me piden.
    Los cuatro hijos tienen madre diferente, la ultima mujer me hizo un juicio por alimentos a pesar de pasarle y pidio S/5000 por un estupido razonamiento del juez me clavo S/1200 apele y todo pero igual ratificaron la sentencia, estoy cumpliendo con abonar esa cantidad actualmente pero los devengados aun estan en peritaje, la madre de mi segundo hijo de 17 años actualmente me viene exigiendo que pague S/1000 de la conciliacion que teniamos cuando yo aun trabajaba y encima reclama que le pague 54 meses que segun ella le debo pues jamas le pase un sol desde firmado esa conciliacion, cosa que es mentira y ya presente todos los papeles de depositos.
    Trabajo en una fuente de soda que es de mi esposa actual con la que me case con bienes separados, alli gano algo de S/2000 mensuales que en la actualidad no me alcanza para completar con lo que me exigen sin contar que tengo dos hijos mas que aun mantengo.
    Quisiera que alguien pudiera darme pautas o ver mi caso estoy desesperado pues no encuentro la forma de generar mas ingresos, quiero vender mi riñon pero como mis 44 años dudo que pueda conseguirlo. hasta matarme quisiera pues no se como pagar encima mis deudas porque los malditos jueces se han olvidado que UNO tambien tiene que subsistir.
    Que puedo hacer en este caso ojala alguno de Uds. pueda asesorarme. mi correo es carutex@gmail.com

  47. por favor:me descuentan el 30 por ciento de mis haberes y mi hijo actualmente tiene 07 años .,en poco tiempo tendre un aummento yo no quiero q me esten descontando mas cantidad que mas puedo hacer ..apension amis padres tengo otra pareja pero sin hijos …attt gracias oscarhuaman1@hotmail.com
    190.234.105.138

  48. la madre dem i hijo me izo una denuncia de alimento, en lo que dice que yo gano 3.000 soles mensuales y me pide 1.500 soles para mi hijo, tambien dice que a mi hijo lo he dado por abandono desde que nacio, lo cual nada es cierto, yo no soy estudiante tengo 20 años no tengo trabajo fijo, a buscado trabajo y para mi mala suerte no consigo, pero aun asi me las ingeniaba para darle a mi hijo no solo desde que nacio sino desde que ella salio embarazada, yo y con el apoyo de mi madre. por que de su familia nada, me siento tan impotente por que es su palabra contra la mia,. mi hijo recien lleva 3 meses y ya hay este tipo de problemas con una mujer muy interesada, obviamente quiero hacerme responsable de mi hijo, pero no puedo dar lo que ella me pide, alguna ayuda estaría bien,.brayanlauris.zt@live.com.pe
    190.42.160.206

  49. el proceso penal x omisión de asistencia familiar, prescribe y cual es el termino para el mismo, en tanto a un familiar le han planteado la prescribcion,,,,

  50. Tengo una hija de 10 años yo siempre le di pension a su mama de la mano fue mi peor error luego yo me enamore y me case, cuando me case su mama me hizo un juicio del cual le paso el 28% de mi sueldo que fue en consiliacion judicial(Juez) y acepte yo los terminos pero en ese juicio no observan q soy casado teniendo una carga familiar, ahora tengo un hijo de 2, mas mi esposa lo q necesito q me haga una reduccion de alimentos, ademas ahora la mama de mi hija en el tiempo q hace el jucio no laboraba, pero ahora tiene un trabajo estable del estado el cual gana un aprox de 1310 nuevos soles, Ud. cree q me pueda ganar en juicio ya q los gastos de mi hija no la veo con buena ropa toda descuidada e incluso la pension q le paso es un promedio de 770 aprox. lo q practicamente me q do muy corto de efectivo le agradezco antemano sus consejos

  51. Hola primeramente agradecerte por permitir exponer nuestras dudas y usted las pueda responder, bueno me gustaria poder consultarle mi hijo tiene 14 años y su papa me designo una pension alimenticia para el cuando tenia 7 años pero como usted sabe el ha crecido y sus necesidades cada vez son mas grandes quisiera saber si puedo pedir un aumento de pension ya que el me manda lo necessario para su hijo en cuestion de educacion pero siempre me pide las boletas de todo y la verdad muchas veces no tengo el tiempo para mandárselas y cuando no lo hago el no me manda el dinero y ese asunto me tiene un poco molesta, solo quisiera saber si se puede hacer o no, le agradecia mucho que me responda

    cuidese
    gracias

  52. Buenos dias tengo mi hija de 23 años ella tiene tetardo mental yo vivo en new jersey quisiera saber si ella tiene derecho a recibir una pension de alimentos por su papa que trabaja en peru es comandante de la policia el dice que no le corresponde porque es mayor de edad por fabor quisiera que me oriente muchas gracias espero su respuesta.

    1. Si tiene derecho a pensión de alimentos si se prueba que el retraso que padece la imposibilita, no importa si la madre trabaja ya que la responsabilidad es de ambos padres.

  53. Hola recientente me separe de mi esposa. Tengo 2 hijos menores con ella. Actualmente le vengo pasando 2000 soles mensuales. Aparte pago el seguro particular de los bbs y de ella. Incluso pago un prestamo que obtuvimos estando casados. Ella quiere que le pase mas y me dice que me va. a demandar por alimentos. Según tengo entendido el juez puede cederle a ella hasta el 60% de mi sueldo, la pregunta es si es del sueldo bruto o del neto?. Gracias de antemano.

  54. es cierto eso hoy en dia muchas mujeres se estan aprovechando de las leyes en peru para vivir de los hombres, tener un hijo es negocio para la mujer tienen dos hijos de diferentes padres hay los demandan y viven tranquilas de esas dos mensualiadades el congreso deberia hacer algo para proteger a los hombres tbn y deberia darles verguenza al muchacho de 28 anos y a anthony de 23 querer demandar a su padres ahi tbn estan mal con la ley ahi chicos q estudian y trabajan ya a esa edad no osn unos ninos q no pueden trabajar verdad

  55. Tengo un niño de 6 años, diagnosticado con autismo leve y antecedentes de convulsiones. Ha progresado mucho pero necesita atención permanente. Dado su conducta no es sencillo que alguien lo cuide, pero además está muy apegado a mi sobretodo después que su papá se fue de la casa.
    A tal punto que estando en la misma habitación me dice que no lo deje solo… depende mucho de mi.
    He pensado en trabajar, pero mas allá de sus necesidades, el se enferma bastante seguido y no podría ausentarme tanto en caso de trabajar.
    Mi pregunta es: en caso de divorcio (su papá tiene hijos mayores de edad y trabajo estable) ¿tengo opción de que me pase alguna cuota alimentaria, sobretodo teniendo en cuenta que me dedique 6 años a criar a sus hijos (ya que el era viudo)?.
    Les agradecería que pudieran darme las opciones que pueda tener. Gracias

    1. Tu abogado tiene que presentar un escrito solicitando que el juzgado correspondiente emita una orden de apremio a la empresa para que proceda a informar sobre la situación laboral del demandado (tu esposso).
      Si la empresa aun así no da la información requrida estara cayendo en delito por lo que debera sufrir una sanción.

  56. buenos días ante todo ,pertimete a hacerle la siguiente pregunta y a la vez poder agraddecerle por su consejo lo cual servirá mucho para poder defenderme frente a este poder judicial peruano que cada vez con mayor fuerza reina la corrupción sin tomar en consideración por la vida de los niños de esta nueva generación , y atropellando con su alimentación recreación etc.
    estas autoridades que lamentablemente defienden lo indefendible y dan la razón a quien no se le debería dar razón .
    soy madre y padre de una menor de tres años y vivo con mi madre que actualmente se encuentra muy enferma a consecuencia de la desgracia que me toco vivir por caer en las manos de un poco hombre que me abandonó y me humillo y estando yo embarazada de 1 mes, para luego darse el lujo que casarse con otra persona . se trata de mi menor niña quien en la actualidad tiene tres años , luego de poder hacer un largo juicio desde el 2012 recién me logro pagar su pensión alimenticia adeudado desde el 2012 hasta octubre del 2013, logrando pagar en dos partes y cancelando todavía en el mes de julio del 2014 recién de este año. actualmente asesorada por una abogada solicite al poder judicial que me practiquen la liquidación por que nueva mente se encuentra adeudándome desde el año pasado octubre del 2013 hasta octubre del 2014, adeudándome aun todavía. este señor asesorado por su abogado ,me hizo una demanda por reducción de alimentos , yo me pregunto , que hago por favor ayúdeme si hay en la constitución política de la ley 20486, articulo 424 y 425 donde dice claramente que para pedir reducción de alimentos lo primero se tienen que estar al día con las pensiones.
    ya se llevo a cabo la audiencia publica , en e l cual pude constatar que el contenido de su escrito no cumple con los requisitos indicados según el articulo.
    que hago ayúdeme por favor , a quien denuncio esta irregularidad
    Dios le bendiga ………….
    isabelpy2@outlook.com

  57. Buenas noches estoy separada hace 4 años el 2010 mi esposo me hizo llamar por la demuna para llegar a un acuerdo de alimentos lo cual acudi yo y acepte sus condiciones y apesar de esto el no cumplio con lo pactado y le hice un juicio a mi esposo de alimentos en el año 2012 presentada al poder judicial y recien me lo aceptaron en enero 2013 en julio del 2013 habia presentado mi esposo una apelacion lo cual hizo que el juicio tarde 1 año mas recien salio en mayo 2014 la sentencia pero el 13 agosto 2014 recien me dieron el documento para presentar a la empresa, la cual me lo aceptaron documento y me estubieron llamando por dos meses para el pago pero afines de octubre del presente año, me comunicaron que segun ellos mi esposo habia renunciado lo cual digo segun ellos por que mi esposo sigue trabajando ahy me tube que hacer pasar por una chica x con uno de sus amigos y me confirmo que sigue trabajando en la planta, aparte vivimos cerca y lo veo salir todas las mañanas llendose a trabajar, me molesta que no solamente el se ria de la justicia, si no que la empresa en que labora tambien y no le interese la alimentacion de un niño mi abogado me dice que tengo que esperar 3 meses y hemos presentado un documento pidiendo al poder judicial pedir a la empresa su descargo de renuncia de mi esposo pero eso ya mas de 1 mes que hago o que puedo hacer.

  58. buenas tardes yo soy casado en argentina con una argentina y tenemos 5 hijos y hace 7 años me vine con ella al peru despues estubimos viviendo un año y despues se fue de la casa paso 5 años y nunca paso ni ha saludar o ver como estan sus hijos y en noviembre de 2014 aparece despues del tiempo que le conte con la intencion de quitarme a mis hijos bueno le dije y estan en posibilidades llevalos pero no tenia nada ensima vivia con una y otra persona y despues fue y me denuncio por maltratos amis niños segun ella aca a proteccion del menor y a su consulado en lima para que me quitaran amis hijos y vinieron aca donde vivo con spicologo y otras personas sacaron fotos y ellos dieron su informe que los niños estan bien y en condiciones entonces ella decidio irse a su pais (argentina) y desde alla va venir se va llevar amis hijos ensima me amenaza de muerte la pregunta es como protegerme denunciarla por alimentos y por amenazas en donde de cusco. jcvt6@hotmail.com
    190.42.111.41

  59. Un saludo cordial a todos, he perdido mi trabajo el mes de diciembre, y hasta el mes de diciembre la empresa que yo estaba (en planilla) ha hecho los depósitos correspondientes que es el 35% de lo que ganaba.
    Tengo 2 consultas:
    1. éste mes de enero que monto tengo que depositar (si estoy sin empleo) y a donde tengo que depositar? porque mi intención es seguir aportando la pensión para mi hijo.
    2. estoy viendo una opción de trabajo desde febrero pero me pagarán por recibo por honorarios, como sería mis aportes en ese caso…si no estaría en planilla, el 35% del monto total de mi recibo por honorario?

    Por favor acudo a ustedes por su ayuda y consejo.
    Muchas gracias. maxito_bns@hotmail.com
    200.106.39.63

  60. Buenas tardes, mi consulta es la siguiente, mi esposo tiene un hijo de 20 años a quien hasta la fecha sigue pasando pensión alimentaria con descuentos en planilla, quisiéramos saber cual es el proceso a seguir para averiguar si culmino sus estudios superiores los que inicio el 2011 en un Instituto Bancario, si obtuvo buenas calificaciones o si interrumpió sus clases ya que no nos informa por ningún medio, cambio su numero telefónico y en las redes sociales se presenta con otro nombre, cabe indicar que ël se encuentra en la ciudad de Lima y a estado emitiendo recibo por honorarios según lo que observamos en la pagina de la sunat, nosotros radicamos en provincia y tenemos un hijo menor quisiéramos estar informados de que hacer en este caso para pedir la suspensión de la pensión de alimentos. muchas gracias. gilcitatonino@gmail.com
    190.239.103.140

    1. buenas tardes si quiza te pueda servir este alcance si aun no has solucionado..mira se debe solicitar la liquidacion de alimentos de esa manera hacer notificar nuevamente al obligado con un plazo si no cumple el pago de devengados estariamos entrando a un proceso penal por omision de obligacion alimentaria…..attt oscar 974989304-984757916

  61. Saludos cordiales, tengo 25 años y recién me entero de que mi padre biológico es otro. Mi padre de crianza se peleo con mi madre y como enojo le dijo que me diría que no es mi padre de sangre, eso pasó en 2013 y yo vivo en Argentina desde el 2009, pretendía decirme tal verdad por teléfono, mi padre esta desocupado laboralmente y tiene una hija en común con mi madre de 17 años de edad, tras la separación mi madre opto por irse de casa porque la familia de mi padre de crianza es muy fastidiosa y altanera, y para la comodidad mental de ellas decidieron irse de casa por lo que me parece injusto que la casa que mi mamá tambien invirtió tantos años en arreglos y construcción tenga que irse, cada tanto le da 50 o 100 soles para los alimentos; mi hermana decidió por una carrera corta en un instituto para salir a trabajar cuanto antes porque mi papá no tiene trabajo pero tampoco se esfuerza por conseguirlo, Alfredo padre (crianza) debe el colegio muchos meses de escuela secundaria de mi hermana, y se le complica a mi hermanita con los tramites del instituto por falta de el certificado secundario, lo que más me molesto fue que en respuesta a nuestras preguntas y sobre todo las necesidades de la menor, el dijo que porque decidió una carrera en un instituto y no postulo en una universidad estatal, POR DIOS!!! no lo podía creer!!! si ni siquiera esta al día en el colegio de mi hermana secundario y cada tanto le da plata para los alimentos como pretendía acaso pagarle a mi hermana el encierro de lo que es estudiar y dedicarse a estudiar para postular a la universidad si mi hermana también tiene que ingeniárselas para trabajar siendo menor de edad (trabaja como niñera) o supongamos que entraba a la universidad cuyas carreras son 5 años de preparación. Ella ya no quiere depender de mi papá así que opto por una carrera más cortita y no tener que soportas más promesas rotas y mi padre tampoco lucha por un trabajo, no es que tiene 8 hijos solo es 1 porque yo ya me resigne con él desde los 19 años y me fui de casa ¿qué se puede hacer? así se pone las pilas.

    Yo mientras tanto lo único que pido es que me salude debes en cuando para saber si estoy bien, si sigo estudiando, como me va en el trabajo y como me va en la vida, no es que me vaya tan bien pero eso no se lo diría, no quiero plata de mi padre, pero me hace sentir que el se saco un peso al decirme la verdad, pero el peso soy yo para no tener obligación alguna sobre mi. Me hace sentir que por la pelea y separación de mi madre, creo que hasta se arrepiente de haberme dado el apellido, no manda mensajes ni a su hija la menor. En cuanto a Pedro, mi padre biológico, no sé si tengo algún derecho puesto que el apellido después de mis 3 añitos fue cambiado al apellido de Alfredo. Para Pedro lo único que le pido es conocer a mis otros hermanos, creo tener el derecho de conocerlo a él y a mis hermanos, ¿se podrá? irina_seleccion@hotmail.com
    186.138.36.144

    1. hola irina.,es amplio el tema pero.,si el padre que tu creias que era ya no decide pasar alimentos a tu persona tiene que realizarse la prueba de A.D.N. y se demuestra que n eres hija bueno tendrias que peticionar al padre biologico q tambien con A.D.N. y tenga la obligacion alimentaria si estas estudiando…lo de los bienes adquiridos tu mami y el actual esposo se tiene que dividir los bienes adquiridos en caso de separacion y se tendria que analizar mas a fondo este tema…att. oscar espero que te haya servido en algo si deseas comunicarte 974989304- 984757916

  62. y cuando el padre ha dado alimentos pero nunca guardo algun recibo? y ahora la madre lo denuncia por que falto darle dos meses, que puede hacer? hay alguna fomra de enterarse si te han denunciado y de probar que si se han pasado alimentos? anili__@hotmail.com
    190.8.157.79

  63. hola espero alguien pueda ayudarme tengo una bebe de un año. el problema esta en que el padre de mi hija me da 200 soles mensuales pero no siempre cumple no tenemos ninguna acuerdo ya que cuando recurrí a la demuna durante mi embarazo el no quería darme nada y no llegamos a ningún acuerdo después de que nació mi hija me empezó a dar los 200 soles pero ay meses en los que no cumple por ahora me debe de tres meses y ni siquiera lo puedo ubicar en su casa vive en casa de su madre pero nunca lo encuentro. ademas nosotros tuvimos una relación de cuatro años con dos años de convivencia el ya tenia una hija en fin nos separamos porque durante el tiempo que estuvo conviviendo conmigo empezó a andar con otra chica bueno cuando me entere nos separamos en fin por mi embarazo decidimos volver a intentarlo pero dos meses después me sale con que la otra chica también esta embarazada nuestros hijos solo tiene un mes de diferencia siendo mi hija la mayor cuando paso esto fue que solicite la pencion de alimentos en la demuna de chosica a la cual se negó a asistir aduciendo que como vive en el callao y por sus trabajos no podía ya que el tenia dos empleos esto paso en setiembre y se caso en octubre antes de la tercera citación de la demuna para negarme la mensualidad ya cuando nació me ofreció los 200 que ya mencione pero no siempre lo cumple y lo peor es que es lo único que le da a mi hija no le compra ropa ni la visita se acerco a mi casa por primera vez en enero que fue su cumpleaños y desde entonces ni siquiera llama para saber de su hija le llamo le envié mensajes cuando mi hijita estuvo mal y tampoco me responde que puedo hacer quisiera que alguien me pueda ayudar para tambien tratar de encontrar una igualdad ya que a su hija mayor le da 450 soles mensuales y sin fallar quisiera quisiera saberla si ay forma de igualar las mensualidades cualquier ayuda responder aqui o si pueden a mi correo magdalena_875@hotmail.com la verdad se los agradeceria. magdalena_875@hotmail.com
    190.235.16.187

  64. Hola. Mi situacion es asi, yo tengo una hija de 1 año nueve meses y estuve con su papa como pareja hasta hace unas semanas pero la relacion es insostenible… Nunca hemos convivido, yo vivo con mi padre y a modo de ayuda no le pedia a mi ex pareja q aporte nada a mi casa solo que le compre pañales a la bb, ropa, medico… Yo voy a empezar esta semana a estudiar la universidad y la guarderia esta 160 porq nadie me puede ayudar q uidar a mi hija… Mi ex gana 1100 mensual y quisiera saber el monto que el debe pasarle por mensual a la bb.. Porfavor alguien que sepa agradeceria mucho que responda porque el no cree que tiene que pasarle un porcentaje… Gracias Nauh.zavala5@gmail.com
    200.121.168.168

  65. Tengo una hija de 07 años, mi esposa dice que tiene un carnet de DISCAPACIDAD, pero ha trabajado muy bien en el área administrativa y de call center y como vendedora de tarjeta de crédito, seguros hasta nichos, pero ahora como estamos en proceso de separación ha dejado de trabajar. Y quiere que le pase mensualmente S/1,100.00 cuando en realidad yo gano en total S/1,970.00 (de ahí falta los descuentos de ley), o sea tengo que alimentarme, pagar pensión, pasajes y quiere que le pase mas y mas. ¿Cuanto debo pasarle realmente? esalvadorcj@hotmail.com
    200.106.48.123

  66. Hola yo hice un juicio de alimentos y hay sentencia. Pero el padre de mi hija de 8 años no da la cara. Sus papas los esconden. Y no aparece laborando. No se que hacer como puedo conseguir su centro de labores. Soy madre soltera. Trabajo a tiempo completo..y estudio. El tiempo me queda chico. Puedo pedir permiso para ir s lugares. Pero no puedo faltar para ir a perseguirlo. Como podría hacer. Por favor? yvalladaresloo@gmail.com
    181.64.219.1

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